Ayudas a la infraestructura para la movílidad eléctrica

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, dotado con 400 millones de euros, que podrán ser ampliados si existe un compromiso adecuado de los fondos y siempre que exista disponibilidad presupuestaria y previamente a la expiración del plazo de vigencia.

Confirma el éxito de este programa, dotado inicialmente con 400 millones, pero que puede ampliarse, en función de la demanda, hasta los 800 millones.

Cataluña, Madrid, Castilla y León e Islas Baleares han comprometido ya los 152 millones recibidos inicialmente en el Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES III).

La tercera edición del MOVES, primer programa publicado en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financia con ayudas directas la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables y la instalación de infraestructura de recarga.

Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

El importe de la ayuda podrá alcanzar hasta el siguiente % del coste subvencionable:

Destinatarios últimos (Artículo 11.1)

Ayuda (%coste subvencionable)

Localización general

Municipios <5.000 hab.

Autónomos, particulares, Comunidades de Propietarios y administración sin actividad económica

70%

80%

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público y P ≥50kW

35%

(45% Mediana empresa)

(55% Pequeña empresa)

40%

(50% Mediana empresa)

(60% Pequeña empresa)

Empresas y entes públicos  con actividad económica recarga acceso privado o acceso público con P <50kW

30%

40%

 

Y con el siguiente límite de ayuda:

Destinatarios últimos (Artículo 11.1)

Tipo de instalación

Límite de ayuda (€)

Autónomos

Acceso privado o público 

El establecido en el  Reglamento de minimis

Personas físicas

Acceso privado

5.000 €/ expediente

Resto destinatarios últimos

Acceso privado o público

 

800.000 €/ expediente

2,5 M€ por destinatario último durante la vigencia de la convocatoria autonómica.

 

Beneficiarios

Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.

Mas información

Contáctanos si quieres que gestionemos tu ayuda.